Dessire Ángel pide garantizar atención a buscadoras
La regidora de Movimiento Ciudadano propone proteger a menores en orfandad por desaparición de sus madres

En sesión de Ayuntamiento de León, la regidora Dessire Ángel Rocha, de Movimiento Ciudadano, presentó una iniciativa para reformar los artículos 36 y 39 del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de León, Guanajuato, en materia de defensa de los derechos humanos de mujeres buscadoras de personas desaparecidas y protección a infancias en condición de orfandad por feminicidio y desaparición de sus madres.
En su exposición, dijo que el pasado 13 de diciembre de 2024, se reformó la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Guanajuato, ampliando la definición de personas defensoras de derechos al incluir a toda persona, grupo o colectivo involucrado en el proceso de búsqueda de personas desaparecidas, iniciativa que impulsó como diputada de la Legislatura pasada, por lo que el municipio debería reforzar su regulación.
Dijo que en los últimos tres trienios en León se acumulan un total de 1,026 casos de personas desaparecidas, localizadas y no localizadas, la mayoría (624) localizadas con vida, pero 84 de ellas sin vida, mientras que 318 permanecieron desparecidas y no localizadas. De ellas, el 40% fueron mujeres, aunque destacó que en el trienio pasado 2021-2024 disminuyeron los casos de mujeres desaparecidas respecto de los hombres, pero aumentaron los casos de la localización sin vida.
No es casual, aseguró, que la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, que incluye al municipio de León en la emergencia que significa la alta incidencia de feminicidio y desaparición de mujeres, haya dictado recomendaciones específicas para atender la problemática que además genera víctimas indirectas: niños, niñas y adolescentes en condición de orfandad porque sus madres fueron víctimas de feminicidio o de desaparición.
Expuso incluso que en el fenómeno de la desaparición de mujeres se ha hablado e investigado poco sobre las razones de género que motivan la comisión de esos delitos.
En ese contexto expuso sus motivos afirmando que identifica por lo menos 2 situaciones necesarias de atender desde las facultades de las dependencias y entidades municipales, incluidas en el Reglamento Interior de la Administración Pública de León:
En primer lugar, reformar el artículo 36 para que desde la Subsecretaría de Protección de los Derechos Humanos se continúe con el trabajo desempeñado y se sustente en el reglamento una colaboración estrecha con autoridades de los otros ámbitos en el análisis de necesidades de seguridad, atlas de riesgos, análisis de contexto y diagnóstico sobre la desaparición sobre NNA y mujeres; además de su colaboración administrativa y desde su facultades en la promoción del Protocolo Alba y protocolo adicional Amber, también facilitando desde este ámbito municipal la actualización de registros de fosas comunes y clandestinas que actualmente se trabaja con el Estado.
Al respecto, llamó la atención de los presentes para considerar una revisión concienzuda de los programas de apoyo específico para personas buscadoras y sus lineamientos frente a la realidad de que el fenómeno de desaparición porque la búsqueda no responde a límites geográficos. Dijo que, si bien la responsabilidad estricta del Ayuntamiento es el territorio de León, el fenómeno obliga a no excluir de los apoyos alimentarios y de traslado a buscadoras que no son leonesas o buscan a una persona no leonesa, porque el fenómeno es así. Aseguró que esta situación se puede constatar en diálogo con los colectivos y buscadoras independientes.
Aseguró incluso conocer casos concretos de personas buscadoras que están en León viviendo procesos complicados de desplazamiento forzado de sus municipios, buscando a sus personas queridas, pero también buscando su seguridad y que tampoco se habla mucho de esta consecuencia.
Por eso dijo “debemos garantizarles información inmediata, movilización libre -individual o colectiva- difusión de datos, comunicación continua y efectiva y colaboración puntual cuando se emitan órdenes de protección”. Puntualizó que su petición de reforma al Reglamento no significaba una acusación a ninguna persona funcionaria, sino la previsión y atención frente a algo que nos rebasa como sociedad.
La segunda reforma solicitada es para el artículo y que quede expreso que la Unidad de Apoyo al SIPINNA Municipal, pueda vigilar el cumplimiento del Programa de Atención Integral para Niñas, Niños y Adolescentes en condición de orfandad víctimas de feminicidio o desaparición de sus madres, colaborando en su protección e identificación y proponiendo medidas complementarias que puedan atenderse desde los programas municipales que garanticen el interés superior de las infancias.
Finalmente, la regidora de Movimiento Ciudadano anotó para sus pares en el Ayuntamiento, que la principal facultad legal y obligación de la representación social es reglamentar, y dijo que identifica resistencia a no moverle a los textos, siendo que es necesaria la reforma constante a reglamentos porque son los documentos los que deben adaptarse a la realidad y no pretender que sea al revés.